La nueva Jornada Laboral podría ser una realidad luego de que la Comisión de la Cámara de diputados aprobara la reforma con 25 votos a favor y 5 abstenciones del PAN.
Aún falta que la aprobación y revisión en la Cámara del Senado, sin embargo, podría llegar a ser una realidad como el aumento de vacaciones.
¿En qué consiste la nueva Jornada Laboral 2023?
La nueva reforma para disminuir la Jornada Laboral en México tiene contemplados dos puntos:
- Por cada cinco días de trabajo deberá de disfrutar el operario de dos días de descanso, cuando menos.
- Reducir las horas de trabajo semanales de 48 a 40.
¡Más buenas noticias para el pueblo de México! Avanza en comisiones la reducción de la jornada laboral. Las diputadas y diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron una reforma para disminuir la jornada laboral en México de 48 a 40 horas semanales,… pic.twitter.com/SbC4bxh4CS
– El Franky  (@ElFranky_) April 26, 2023
¿Qué beneficios tendrá la reducción de la Jornada Laboral?
Con esta nueva reforma se pretende:
- Disminuir los niveles de estrés que en México
- Tener más días de ocio, descanso y recuperación
- Prevenir enfermedades por exceso de carga de trabajo
México está atrasado en materia laboral, sobre todo porque en casi 100 años no se habían modificado los días de descanso. Además, existen otros modelos en países desarrollados donde la jornada laboral es menor y con mejores resultados.
¿Cuándo entrará en vigor la reducción de la Jornada Laboral?
Aunque ya se dio el primer paso, aún no podemos emocionarnos y es que aún faltan algunos pasos para que se haga realidad.
Lo siguiente es ser aprobada en el pleno de la Cámara de Diputados para posteriormente pasar al Senado (Comisiones y Pleno).
Esto tendría que suceder antes del 30 de abril, fecha en que concluye el periodo ordinario, o de lo contrario esperar hasta septiembre.
Sin embargo, si los legisladores lo quieren, podrían convocar a un periodo extraordinario en el que se puede discutir la aprobación de la reducción de la Jornada Laboral.
Una vez publicado en el Diario Oficial de la Federación, entraría en vigor al día siguiente.