Vacaciones dignas 2024: Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Esto es lo que tienes que saber sobre tus próximas vacaciones dignas 2024 acorde a la Ley Federal del Trabajo.
Vacaciones dignas 2024: Esto dice la Ley Federal del Trabajo Vacaciones dignas 2024: Esto dice la Ley Federal del Trabajo Vacaciones dignas 2024: Esto dice la Ley Federal del Trabajo

El fin de año se va y todas y todos ya estamos pensando en los descansos, eso que todas y todos nombramos como vacaciones dignas 2024, es por eso que a continuación te decimos todo de ellas.

Es importante que toda y todo trabajador debe de gozar de prestaciones, estas deben estar regidas bajo la Ley Federal del Trabajo. En ella, expresa lo correspondiente al periodo de descanso que toda y todo trabajador debe de tener cada año.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre las vacaciones dignas?

personas disfrutando de sus vacaciones dignas 2024 con atardecer en una playa de méxico
Foto: Archivo Toluca
  • 12 dí­as pagados por primer año, con aumento de dos por cada año hasta tener 20 dí­as.
  • Cumplido el sexto año se aumentarán dos dí­as por cada cinco años de servicio.
  • Prima vacacional correspondiente al 25 por ciento de los salarios que van acorde al periodo vacacional

Tienes que saber que el artí­culo76 de la Ley Federal del Trabajo menciona y señala todo lo referente a las vacaciones.

Además, la Ley Federal del Trabajo dice que las vacaciones dignas se pagarán por parte del patrón lo correspondiente a doce dí­as laborales con aumento de dos dí­as hasta llegar a veinte por cada año de trabajo.

Además, según el artí­culo 81 de la Ley Federal del Trabajo, las personas trabajadoras tendrán derecho a vacaciones que deberán ser concedidas dentro de los seis meses posteriores al cumplimiento del primer año de servicios.

¿Qué pasa si no cumples el año de servicios?

Si la relación laboral termina antes de que se cumpla un año de servicio, el trabajador tiene derecho a solicitar una remuneración proporcional al tiempo trabajado.

Los empleadores están obligados a proporcionar anualmente a sus empleados una constancia que indique su antigüedad y, con base en ello, el perí­odo de vacaciones correspondiente y la fecha en la que deben disfrutarlo.

Si las vacaciones no se otorgan, el trabajador tiene un plazo de un año, a partir del momento en que se deben exigir, para demandar el pago de las vacaciones y la prima vacacional.

¿Necesitas ayuda o asesorí­a para tus vacaciones dignas?

En México existe el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, donde te podrán atender en los siguientes teléfonos y correos:

  • 800 911 7877
  • 800 717 2942
  • 55 14 84 87 37
  • orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • quejasdelservicio@stps.gob.mx

AFE

Sobre el Autor Alonso Rodriguez

Siempre es hoy. Hoy es siempre todaví­a. Toluca "La bella" por siempre.

Si tienes dudas o sugerencias, escríbeme a contacto@tolucalabellacd.com